Se ha publicado en el BOJA la convocatoria de las ayudas por desplazamiento para la FCT y la FP dual del curso escolar 2022/2023 con fecha 20 de junio de 2023. El plazo para la presentación de solicitudes será diez días naturales a contar a partir del 26 de junio de 2023. Puedes sonsultar la información en el siguiente enlace:
https://www.juntadeandalucia.es/eboja/2023/116/BOJA23-116-00004-10560-01_00285584.pdf
Para intentar simplificar los trámites os facilitamos un resumen para aclarar los pasos principales que se deben tomar.
Requisitos:
a) Estar matriculado en centros docentes donde se impartan enseñanzas de formación profesional inicial
sostenidas con fondos públicos, en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
b) Haber cursado el módulo profesional de formación en centros de trabajo, o bien, formación práctica de FP DUAL, en el curso 2022-2023
c) Realizar la formación a la que se refiere el apartado anterior en empresas o instituciones colaboradoras ubicadas en la Comunidad Autónoma de Andalucía y situadas a una distancia mínima de 5 Km. desde el centro docente en que el alumnado está matriculado.
d) No poseer rentas superiores al setenta y cinco por ciento del «Indicador público de renta de efectos múltiples» (IPREM) anual, excluida la parte proporcion al de las pagas extraordinarias, correspondiente al año natural en que se realice la convocatoria. Se entenderá cumplido este requisito siempre que la suma de las rentas de todos los integrantes de la unidad familiar, dividida por el número de miembros que la componen, incluida la persona solicitante, no supere el 75 por ciento del IPREM. A estos efectos, computará como renta el importe de los salarios sociales y las rentas mínimas de inserción.
Plazo:
Diez días naturales a contar a partir del 26 de junio de 2023.
Procedimiento a seguir para el alumnado que solicite ayuda por desplazamiento FCT:
a) Previamente puedes solicitar la clave iAnde a través de la Secretaria Virtual para facilitar los trámites, si no la tienes ya.
b) Acceder a la Secretaría Virtual y cumplimentar la solicitud de ayuda en el apartado correspondiente a "becas y ayudas". Tenga en cuenta que en dicho apartado encontrará dos opciones:
1 - AYUDA DESPLAZAMIENTO FCT CURSO ESCOLAR 2022/2023
2 - AYUDA DESPLAZAMIENTO FP DUAL CURSO ESCOLAR 2022/2023
c) Descargar y cumplimentar la Acreditación de Asistencia al Centro de trabajo. Este documento debe ser firmado y sellado por la empresa en todas las hojas que lo componen. Se incluirán las jornadas realizadas.
d) La presentación telemática de la solicitud de ayuda en la Secretaría Virtual (SV) se hará a través de la clave iANDE o del certificado digital. Recuerda que la Acreditación de Asistencia al Centro de Trabajo debe tener todas las hojas debidamente firmadas por el tutor laboral y con el sello de la empresa.
Enlaces:
Acreditación de Asistencia al Centro de Trabajo (FCT)
Acreditación de Asistencia al Centro de Trabajo (FP DUAL)
Portal de becas. Ayudas por desplazamiento a empresas (FCT)
Normativa:
Orden de 2 de marzo de 2017. Bases reguladoras para la concesión de ayudas de desplazamiento de FCT.
Formación en Centros de Trabajo (FCT)
Es un módulo profesional (asignatura) presente en todos los ciclos formativos de formación profesional que se cursa una vez superados el resto de materias impartidas en el centro educativo.
Normativa
Orden de 28 de septiembre de 2011, por la que se regulan los módulos profesionales de formación en centros de trabajo y de proyecto para el alumnado matriculado en centros docentes de la Comunidad Autónoma de Andalucía
Objetivos del módulo de FCT
Los objetivos de la FCT son los recogidos en el Art. 26 Real Decreto 1147/2011:
- Completar la adquisición de competencias profesionales propias de cada título alcanzadas en el centro educativo.
- Adquirir una identidad y madurez profesional motivadoras para el aprendizaje a lo largo de la vida y para las adaptaciones a los cambios de las necesidades de cualificación.
- Completar conocimientos relacionados con la producción, la comercialización, la gestión económica y el sistema de relaciones sociolaborales de las empresas, con el fin de facilitar su inserción laboral.
- Evaluar los aspectos más relevantes de la profesionalidad alcanzada por el alumno en el centro educativo y acreditar los aspectos requeridos en el empleo.
Características:
- Su duración está comprendida entre 350 y 410 horas, dependiendo del Ciclo Formativo de que se trate.
- La jornada del alumno en la empresa debe ser lo más parecida posible al horario laboral de la misma.
- Es necesario que el alumno haya superado todos los Módulos Profesionales de los que se cursan en el centro educativo para la realización del Módulo de F.C.T.
- Para la realización de este Módulo Profesional es necesario que el centro docente suscriba un acuerdo específico de colaboración con la empresa que podrá acoger a uno o varios alumnos.
- En todo momento los alumnos que realicen el Módulo Profesional de F.C.T. están orientados por dos tutores, uno del centro educativo y otro de la empresa colaboradora, ambos deben realizar conjuntamente el Programa Formativo que el alumno llevará a cabo durante su estancia en la empresa, hacer un seguimiento continuo del mismo y evaluar, en términos de "APTO" o "NO APTO", la realización del Módulo de F.C.T por parte del alumno, a la finalización del mismo.
¿Qué se espera de nuestro alumnado?
- Ser suficientemente maduros y flexibles para enfrentarse a los contingentes que conlleva interactuar en un marco productivo real.
- Tener una mente abierta a nuevas experiencias y situaciones, respetando a la clientela independientemente de su condición racial, religiosa, sexual, social, etc.
- Cumplir las normas de comportamiento y actuación, fijadas por la empresa, así como respetar y seguir en todo momento las instrucciones y órdenes adoptadas por sus tutores laborales.
- Demostrar su motivación, iniciativa e interés en aprender durante su período de prácticas.
- Llevar siempre su cuaderno de Formación en Centros de Trabajo, a su Centro de Trabajo, en el que anotará las prácticas realizadas cada día, y que deberá firmar dicho tutor.
- Respetar las condiciones expuestas en este documento.
Faltas de asistencia
La asistencia a las prácticas es obligatoria durante todo el período formativo. Si por algún motivo justificado el alumno tiene que faltar algún día (enfermedad), debe comunicarlo al tutor laboral lo antes posible.
- El alumno tiene la responsabilidad de comunicar a sus tutores laboral y docente cualquier falta de asistencia a la práctica.
- El tutor laboral no está en disposición de autorizar las faltas por motivos no justificables.
- El alumnado deberá recuperar las jornadas de no asistencia aunque éstas estén debidamente justificadas, ya que deberá cursar el número de horas establecidas para poder ser evaluado.
Relación del alumnado con la empresa colaboradora
- En ningún caso la relación entre el alumno o alumna y la Empresa o Institución colaboradora, como resultado del acuerdo de Colaboración Formativa, tendrá naturaleza jurídica laboral.
- El alumno o alumna no podrá percibir ninguna retribución en concepto de salario por la realización del módulo de la FCT.
- No se podrán formalizar contratos de trabajo entre los alumnos y el centro de trabajo colaborador durante el periodo de vigencia del acuerdo.
Rescisión del acuerdo de colaboración
Los acuerdos de colaboración formativa podrán ser rescindidos si se da alguna de las siguientes causas:
- Cese de la actividad de alguna de las partes firmantes del convenio.
- Fuerza mayor que imposibilite el desarrollo de las actividades programadas.
- Incumplimiento de las cláusulas establecidas en el acuerdo de colaboración formativa, inadecuación pedagógica de las prácticas formativas o vulneración de las normas que estén en cada caso vigentes, en relación con la realización de las actividades programadas.
- Mutuo acuerdo adoptado entre la dirección o el titular del centro docente o entidad y el representante legal del centro de trabajo colaborador.
Exención de FCT
El alumnado que acredite una experiencia laboral de al menos un año relacionada con el ciclo formativo en el que esté matriculado, podrá solicitar la exención total o parcial del módulo profesional de Formación en Centros de Trabajo por su correspondencia con la práctica laboral.
La solicitud de exención se presentará en el Centro docente donde conste el expediente académico del alumnado, al menos un mes antes de la fecha de inicio de módulo profesional de Formación práctica.
Seguro
El alumnado está cubierto de riesgos de accidentes mediante el seguro escolar y de responsabilidad civil frente a daños a terceros mediante una póliza de seguro adicional que suscribe la Administración Educativa.
Preguntas frecuentes
¿Qué es la FCT?
Es un módulo más del Ciclo Formativo que se realiza después de que el alumno/a haya aprobado los restantes módulos. La nota será APTO o NO APTO.
¿Los Alumnos/as de FCT reciben dinero?
No, los alumnos/as no pueden percibir ninguna remuneración por las prácticas.
La Junta de Andalucía da unas becas para cubrir los gastos de desplazamiento
¿Los alumnos/as tienen alguna relación laboral con la Empresa?
ROTUNDAMENTE NO. El alumno/a está cursando una asignatura y no tiene ningún tipo de relación laboral con la empresa
¿Los alumnos/as están asegurados?
Los alumnos/as siempre están cubiertos por el seguro escolar, ya que la fase de prácticas es una actividad escolar más. La Junta de Andalucía realiza un Seguro privado para cubrir todos las posibles daños a terceros que se puedan producir por causa del trabajo del alumno/a.
¿Durante cuánto tiempo están los alumnos/as realizando la FCT?
Los alumnos/as deben realizar un determinado número de horas dependiendo del Ciclo Formativo que cursen.
¿Pueden trabajar sábados y domingos?
Sí, aunque de manera excepcional y siendo autorizado anteriormente por la Consejería de Educación. Esto se aplica también a periodos vacacionales (Semana Santa, Feria..).
¿Qué ocurre si suspendo algún módulo (asignatura) del curso?
La 2ª evaluación termina a mediados de marzo, si has aprobado todos los módulos podrás hacer la FCT. Si has suspendido algún módulo continuarás hasta junio recuperando los módulos suspendidos y la FCT la deberás realizar el curso siguiente.
¿A qué está obligada la Empresa?
A nombrar un trabajador de la empresa que ejerza de Tutor Laboral (denominado también “tutor/a de coordinación y seguimiento laboral”) y a proporcionar al alumno/a trabajos acordes al Ciclo Formativo que está realizando.
¿Qué debe hacer el Tutor Laboral?
Supervisar las tareas que el alumno/a realiza en la empresa, sobre todo aquellas relacionadas con la seguridad.
- Firmar el Libro de prácticas del alumno.
- Reunirse periódicamente con el tutor docente para el seguimiento de las prácticas
- Avisar al tutor docente de cualquier problema surgido en la fase de prácticas.
- Colaborar con el tutor docente en la evaluación del alumno.
¿Qué es el libro de prácticas?
El libro de prácticas es un cuaderno donde el alumno/a anota diariamente las tareas realizadas en la Empresa.
¿Qué horario tienen las prácticas?
El alumno debe adaptarse al horario normal de la empresa. Aunque es normal negociar las posibles excepciones.
¿Se puede rescindir el acuerdo?
Sí, en cualquier momento tanto por parte de la Empresa como del Centro se puede dar por terminado el acuerdo.
Soy un alumno/a y me gustaria hacer la FCT en una empresa que conozco. ¿Qué debo hacer?
Ponerte en contacto con el Tutor de tu curso.
¿Puedo hacer la FCT en la empresa en la que trabajo?
Sí, se puede realizar el módulo profesional de formación en centros de trabajo en la empresa o institución con la que tenga relación laboral, siempre que las actividades formativas y el horario del módulo profesional de formación en centros de trabajo no coincidan con su actividad laboral habitual y disponga de la autorización previa de la Delegación provincia
¿Se pueden contratar alumnos después de haber terminado la FCT?
Evidentemente se puede contratar, en nuestro sitio web disponemos de una página donde se puede consultar una Bolsa de trabajo con Currículum Vítae de alumnos/as de las últimas promociones.
¿Cómo puedo solicitar la ayuda de desplazamiento?
Para solicitar la Ayuda por desplazamiento solo hay que presentar la solicitud en secretaría para darle “entrada en el registro”, si el alumno quiere, se le entregará una fotocopia como comprobante de la petición de solicitud. Nosotros la tramitaremos cuando certifiquemos que haya superado la FCT.
Enlaces:
El IES La Marisma dispone este curso de un total de 6 becas de movilidad de 3 meses de duración para el alumnado de segundo curso de Ciclos Formativos de Grado Superior para llevar a cabo la FCT en el extranjero, correspondiente al proyecto Erasmus+ 2022-1-ES01-KA131-HED-000062004.
- Alumnado de segundo curso de Ciclos Formativos de Grado Superior que deban realizar la FCT en el curso 2022-23
- Disponer de un nivel de competencia lingüística en el idioma exigido por la empresa de destino que se podrá justificar mediante certificado acreditativo o prueba de nivel de nuestro departamento de idiomas
- Haber superado todos los módulos del ciclo correspondiente a excepción de los módulos de proyecto integrado y FCT, antes del inicio del periodo de prácticas
- Certificado de prácticas, emitido por la empresa
- Resultado de la prueba de idiomas de la plataforma lingüística europea (OLS)
- Informe final del alumnado
- Hoja de solicitud para la realización de la FCT en el extranjero
- Fotocopia del DNI
- Currículum Vitae EUROPASS en español y en el idioma requerido (inglés por defecto)
- Carta de motivación en la que se expondrá los motivos por los que se solicita la beca, por qué considera que es un buen candidato, paises en los que participaría y cualquier otra circunstancia relevante
- Certificación de nivel de conocimiento de idiomas, si se tiene
- En caso de discapacidad, documentación que lo acredite
La selección de los beneficiarios se llevará a cabo teniendo en cuenta los siguientes criterios:
- Competencia lingüística del idioma requerido (inglés por defecto, B1 mínimo): hasta 10pt.
- Expediente académico: hasta 10pt.
- CV y carta de motivación: hasta 5pt. cada uno
- Informe del equipo educativo: hasta 5pt.
- Informe del departamento de orientación: apto/no apto
Enlaces
El módulo profesional de formación en centros de trabajo será susceptible de exención por su correspondencia con la experiencia laboral, de conformidad con el artículo 39 del Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio.
La exención podrá ser total o parcial, dependiendo de la correspondencia que haya entre la experiencia acreditada y los resultados de aprendizaje del módulo profesional de formación en centros de trabajo.
Requisitos
Se debe acreditar, tanto para la exención total como para la parcial, una experiencia laboral equivalente al trabajo a tiempo completo de, al menos, un año, que permita demostrar que la persona solicitante tiene adquiridos los resultados de aprendizaje del módulo profesional de formación en centros de trabajo.
Solicitud de exención.
1. La exención total o parcial del módulo profesional de formación en centros de trabajo requerirá la matrícula previa del alumno o de la alumna en un centro docente autorizado
2. La solicitud de exención, así como la documentación acreditativa, se presentará en la secretaría del centro docente donde el alumnado se encuentre matriculado. Se empleará para ello el modelo que como Anexo I.
Documentación a aportar
a) Para trabajadores o trabajadoras asalariados:
Certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social, del Instituto Social de la Marina o de la mutualidad a la que estuvieran afiliadas, donde conste la empresa, la categoría laboral (grupo de cotización) y el período de contratación.
Contrato de trabajo o certificación de la empresa donde hayan adquirido la experiencia laboral, en la que conste específicamente la duración de los periodos de prestación del contrato, la actividad desarrollada y el intervalo de tiempo en el que se ha realizado dicha actividad.
b) Para trabajadores o trabajadoras autónomos o por cuenta propia:
Certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social o del Instituto Social de la Marina de los períodos de alta en la Seguridad Social en el régimen especial correspondiente.
Descripción de la actividad desarrollada e intervalo de tiempo en el que se ha realizado la misma.
c) Para trabajadores o trabajadoras voluntarios o becarios:
Certificación de la organización donde se haya prestado la asistencia en la que consten, específicamente, las actividades y funciones realizadas, el año en el que se han realizado y el número total de horas dedicadas a las mismas.
Impresos
Anexo I - Solicitud de exención del módulo profesional de FCT
Anexo III - Resolución de exención del módulo profesional de FCT
Normativa aplicable